Los trabajadores argentinos atraviesan una situación apremiante. Sea por la reducción sistemática de puestos de trabajo, por la caída del valor del salario en el marco inflacionario, por el avance de políticas laborales abusivas o por la merma de la actividad informal provocada por la profunda recesión que atraviesa el país, la fuerza de trabajo en nuestro país está siendo –como tantas otras veces en la historia– la variable indiscutida del ajuste.

El proyecto de reforma laboral y los acuerdos asumidos con el Fondo Monetario Internacional hacen comprender que, lejos de mejorar, esta situación será durante este año y el próximo todavía más compleja. Acerca de este panorama, y a horas de la marcha convocada por la CGT, charlamos con Gustavo Ciampa, presidente de la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio.

Gustavo Ciampa

2019 comenzó plagado de discusiones estructurales sobre la situación que atraviesa el país, luego de tres años de la gestión de Mauricio Macri. Si tuvieras que describir los retrocesos más significativos de los derechos laborales vigentes, ¿cuáles destacarías?

En estos tres años hubo importantes violaciones a los derechos laborales, tanto en el marco de los derechos colectivos como de los derechos individuales.

El gobierno nacional ha incurrido en violación a los derechos colectivos, en primer lugar, al intervenir sindicatos de manera ilegal y fraudulenta. La intervención de un sindicato consiste en desplazar a sus autoridades y designar a un funcionario al frente de la organización sindical. Está expresamente prohibido por la ley que el Ministerio de Trabajo –hoy Ministerio de Producción y Trabajo– intervenga sindicatos; ahora, lo que ha hecho el gobierno de Mauricio Macri es recurrir a herramientas previstas para otras situaciones para lograr el resultado prohibido por la ley: intervenir sindicatos. Ello con el agravante de que, cuando el Poder Judicial le ordena restablecer a los dirigentes desplazados, el Ministerio desobedece al Poder Judicial y mantiene la intervención. En segundo lugar, el gobierno ha vulnerado sistemáticamente el derecho a negociar colectivamente, imponiendo pautas y topes para lo cual carece de facultades, o directamente derogando normas que reconocen el derecho a negociar colectivamente, tal como sucedió con la paritaria nacional docente. En tercer término, ha incidido indebidamente en materia de conflictos y ejercicio del derecho de huelga, en tanto ha violentado el ejercicio del derecho de huelga –que es un derecho constitucional–, al mismo tiempo que no ha aplicado el instrumento de la conciliación obligatoria cuando su dictado podía afectar a las empresas por verse obligadas a dar marcha atrás con despidos colectivos.

En cuanto a derechos individuales, el actual gobierno nacional ha dado claras muestras de que su lectura es que los derechos de los trabajadores molestan, y que estos no son personas con derechos sino insumos descartables. Esa concepción supo pintarla muy gráficamente quien se desempeñó como Secretario de Empleo cuando dijo que “para las empresas contratar y despedir debería ser algo natural, como comer y descomer”, dejando así en claro cuál es el concepto que tienen de los trabajadores; vale resaltar que después de esa afirmación siguió siendo Secretario de Empleo. En el mismo sentido dijo el ex Ministro de Trabajo que “había que entender” a las empresas que despiden, para no hablar de los términos en los cuales despidió a quien fuera su empleada y cuyo audio trascendió y fue reconocido por él mismo. Los despidos en el sector público y empresas estatales, así como el incentivo a imitar que ello proyecta en el sector privado, no solo se tradujeron en la afectación del derecho a trabajar, sino que afectan todos los derechos laborales, porque el trabajador que tiene miedo cierto a perder su empleo se resigna a que no respeten sus otros derechos –límite de jornada, descansos, licencias, nivel salarial, que no le modifiquen ilegalmente sus condiciones de trabajo, etc.– con tal de mantener el trabajo que tiene. Eso es lo que se llama flexibilidad de hecho.

En este contexto, ¿cuáles serán las consecuencias concretas que enfrentarán los trabajadores en caso de ser sancionada la reforma laboral del gobierno?

La reforma laboral que pretende el gobierno –y que por el momento no pudo concretar– busca reducir los derechos de los trabajadores, incrementar los poderes patronales y someter a las pequeñas y medianas empresas a los caprichos de las grandes. Es una reforma a medida de las grandes empresas, y perjudicial tanto para los trabajadores como para las pequeñas y medianas empresas. Lleva el mismo lineamiento ideológico que la legislación laboral de la dictadura cívico-militar, y es aún más regresiva que esta.

Con lo que se llama el “banco de horas” se terminaría el límite de jornada de trabajo de ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales, y ya el trabajador no tendría derecho a cobrar horas extras aun cuando las trabaje. Con lo que se llama el ¨fondo de cese” los empleadores podrían despedir libremente sin la obligación de pagar indemnización por despido; ya no habría disuasivo para que los empleadores no despidan (esa es una de las funciones de la indemnización), y los empleadores que no acostumbren despedir tendrían que aportar igualmente al fondo, por lo cual los empleadores “no despidistas” –por llamarlos de alguna manera– financian a los empleadores “despidistas”; y, por supuesto, los trabajadores ya no tendrían derecho a cobrar indemnización por despido en caso de ser despedidos o de considerarse despedidos. Además, busca incrementar los poderes patronales al habilitar la renuncia de derechos por parte del trabajador, al dar mayores facultades a las empresas para modificar condiciones de trabajo de manera perjudicial para el trabajador, y al derogar las herramientas de defensa que hoy la ley le da al trabajador para repeler modificaciones ilegales a su contrato.

Otro factor, al modificar la regulación de la responsabilidad solidaria por tercerización, pretende liberar de responsabilidad a las grandes empresas y somete a las pequeñas y medianas contratistas a los designios –y hasta a la arbitrariedad– de las grandes empresas que tercerizan en ellas parte de su actividad.

Párrafo aparte merece el supuesto “blanqueo”. Lo que en la práctica haría el proyecto del gobierno nacional es fomentar el “negreo” de las relaciones laborales: ello por cuanto deroga sanciones que hoy prevé la ley para los empleadores que tengan trabajadores sin registrar (lo que comúnmente, aunque tendríamos que salir de esa forma de llamarlo, se llama “en negro”), y deroga indemnizaciones que la ley prevé que los trabajadores víctimas de esa situación tienen derecho a exigir. Si se derogan las sanciones al empleo “en negro” y se desprotege al trabajador víctima del trabajo “en negro”, lo que se está haciendo es fomentar el “negreo”, no el “blanqueo”.

¿Cómo prevés en particular el panorama para este año ante una realidad empresarial generalizada de crisis y desguace? ¿Los llamados Procedimientos Preventivos de Crisis (PPC) pueden ser una instancia de protección a los trabajadores y sus puestos de trabajo o son un debilitamiento?

El panorama para este año no es alentador, tanto por lo que vino sucediendo los últimos tres años como por cómo comenzó el 2019. La desocupación sigue en ascenso –la última medición del INDEC así lo señala–, continúan los despidos y siguen los cierres de empresas y comercios. Es muy interesante lo que pasó con la convocatoria a los actores del sector textil: el gobierno les planteó a los sindicatos y a las representaciones empresarias que firmaran un documento pidiendo al gobierno que implemente el “banco de horas” y el “fondo de cese”. Obviamente los sindicatos lo rechazaron de plano, pero lo que aquí quiero señalar es la respuesta empresaria: ellos dijeron que no necesitan ni el “banco de horas” ni el “fondo de cese”, que lo que necesitan es que no entren más productos importados, que haya mercando interno (que la gente tenga plata para poder comprar) y que el crédito sea accesible. Como decía la campaña de Bill Clinton: “Es la economía, estúpido”. La crisis de nuestro país es por la política económica implementada por el gobierno nacional, la crisis económica la provocó el gobierno.

En esta situación, el PPC es una aspirina, aunque puede resultar útil para evitar despidos colectivos o buscar alternativas. Pero también requiere decisión política para su utilización, y por ahora el gobierno nacional no utilizó esa herramienta para evitar despidos colectivos. Lo mismo hizo con el dictado del DNU 1043/18 de noviembre de 2018 que estableció que hasta el 31 de marzo de 2019 las empresas que pensaran despedir sin causa debían comunicarlo al Ministerio de Producción y Trabajo con diez días de anticipación, pudiendo el Ministerio convocar a una audiencia, y si no avisaban se les aplicaba una multa. Hubo gran cantidad de despidos; en los casos en que las empresas avisaban el Ministerio no convocó a audiencia, y a los que no avisaron no les aplicó la multa. Ahora bien, hay que prestar atención a la filosofía del gobierno en esto: cuando yo te digo que el Ministerio puede fijar audiencia, lo lógico es que sea para que no se produzca el despido; sin embargo, lo que prevé el decreto es que la audiencia es para “…considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción laboral”; es decir, no para que el despido no se efectivice, sino para que se efectivice.

¿Cómo suponés que se va a desarrollar este año la negociación colectiva?

Es muy difícil poder predecir que va a pasar con la negociación colectiva. Si me guío por lo que fue en estos tres años del gobierno nacional, todo indicaría que el Ministerio seguirá teniendo una indebida injerencia en favor de los sectores patronales, principalmente los sectores concentrados de la economía con los que el gobierno nacional posee intima vinculación. Ello implica por parte del Ministerio tanto imponer topes a la negociación salarial –hay que subrayar que los sindicatos que mejores acuerdos obtuvieron “empataron” con la inflación, y ello a través de posteriores ajustes sobre inflación pasada; pero los más perdieron frente a la inflación, y más aún frente a la inflación de la canasta básica– como pretender que se incorporen a los convenios cláusulas de flexibilidad laboral. Y, para ambos fines, implementar presiones indebidas e ilegales, tales como dictar resoluciones ilegales derogando cláusulas convencionales que establecen aportes y/o contribuciones de los que los sindicatos son recipiendarios; o directamente no fijar audiencias a pedido del sector sindical o fijarlas diferidas en el tiempo, o una vez presentado el acuerdo dejar transcurrir el tiempo sin homologarlo. De cualquier modo, todo esto podría presentar matices o diferencias al tratarse de un año electoral; lo iremos viendo con el correr del año y las negociaciones.